- Superficie total: 152.366 m2
- Nº de viviendas: 469
- Instalaciones privadas: un hotel, euipamientos sociales, instalaciones comerciales y un residencial asistencial.

En total se situaba en torno a los 67.000 m2 de edificabilidad, toda una actuación de envergadura que promotores, admisnitración y demás implicados vieron tirada por tierra cuando, tras una lucha del siguiente gobierno ante esta falta de consenso político y la presión ejercida desde la sociedad, se consigue en octubre de 2009 la anulación definitiva de esta construcción, la cual vulneraba los derechos sociales de los sadenses además de fomentarse a través de la ausencia de normativa, incumpliendo la Ley de Costas en cuanto a:
- Densidad de edificación, además del impacto visual que suponía una barrera arquitectónica entre el entorno y el mar.
- Distancia mínima de 500 metros del límite de la ribera del mar.
Esto nos confirma la necesidad existente en el momento de poner en marcha lo que tantas veces se había solicitado mediante peticiones públicas y privadas, en tanto que era crucial implantar un Plan de Ordenación Litoral para actuaciones de este calibre. El problema surge cuando se carece de instrumentos de medición del impacto que supone esta construcción, no sólo ambiental, sino también sociocultural, aspecto que no se ha tenido en cuenta para establecer el proyecto de esta urbanización.
Entre tanto, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por sus organizadores, y por tanto, la posibilidad de proseguirla. Pero una buena gestión no debe basarse en un sólo resultado positivo, ¿cómo resolverlo? Creo que se ha de ver más allá, algo muy preciado de lo que carecen muchas autoridades y que parece utópico incluso para escribir...
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